Por la razón antes explanada, este Juzgado declara terminado el procedimiento de la incidencia instado por la proposición de la tacha propuesta por el demandado, y así se decide.
En virtud de que la parte demandada ha resultado totalmente vencida en la incidencia cuya terminación se declara en este auto, se le condena en costas. Así se decide, en conformidad con lo establecido por el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.