Esta Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: Único: Se Desestima por manifiestamente infundada, la acción recursiva ejercida por la representante del Ministerio Público, abogada THIARÉ APONTE BRITO, en contra del auto dictado en fecha 15NOV2004, por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial.