En virtud de la solicitud de la defensora pública cuarta penal, donde solicita actualización del cómputo definitivo y de la revisión de las actas que conforman el presente expediente; este Tribunal Primero de Ejecución de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de este Circuito Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 646 y 647, literales A y D, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a RATIFICAR COMPUTO DEFINITIVO de fecha 04-03-05, bajo los siguientes términos:
1°) ADOLESCENTE:.....,
2°) SANCION IMPUESTA EN LA SENTENCIA: VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Penal, en agravio del niño .
3°) MEDIDAS IMPUESTAS: Privación de Libertad, conforme lo establecido en el artículo 628, parágrafo primero y parágrafo segun.....