Se declara con lugar la solicitud de la defensa en relación a la aplicación en la presente etapa procesal el Procedimiento de Admisión de los Hechos previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Pena. SEGUNDO: Se CONDENA al ciudadano WILMER LÓPEZ DOMÍNGUEZ, venezolano titular de la cedula de identidad N- 18.835.668, profesión Estudiante, domiciliado Sector el bajo de San Enrique cerca de la familia Guerrero, sector el bajo, calle principal , casa N° 34 hijo de Héctor Camico (v) y Luisa Domínguez (v) a cumplir la pena de OCHO (8) MESES DE PRISIÓN por la comisión del delito de posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.