sE declaró INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos JOSÉ VICENTE PRÍNCIPE ABANES y ISMERY AUXILIADORA SILVA YARUMARE, asistidos por la profesional del derecho ANAYIBE RODRÍGUEZ MOGOLLÓN, en contra de los ciudadanos MAGGI ORTIZ y los funcionarios DUQUE S. y LEÓN, por la presunta violación del derecho a la INVIOLABILIDAD DEL HOGAR, PROTECCION DEL ESTADO Y ABUSO DE AUTORIDAD, consagrados en los artículos 47, 21 Y 139 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. ASÍ SE DECIDE.