En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución de Sentencias del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley según lo prevé el encabezamiento del Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, Decreta: EJECUCION DE LA SENTENCIA impuesta al ciudadano Quinchia Giraldo Favio Enrique, PRIMERA: este Tribunal, actuando en ejecución de sentencia al Asunto N° XL01-P-1999-000071, concerniente al precitado ciudadano FAVIO ENRIQUE QUINCHIA GIRALDO, ordenó su traslado al Internado Judicial de San Fernando de Apure, donde cumpliría sentencia condenatoria a SIETE (07) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Articulo 34 de la Ley especial que rige la materia.
Ahora bien, a solicitud del Juez de la nueva Causa, procedimos a ordenar su traslado al Retén Policial de Puerto.....