Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Mixto Segundo de Primera Instancia, en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, de conformidad con el artículo 366, del Código Orgánico Procesal Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la acusación interpuesta por la fiscalía Primera del Ministerio Público, contra el ciudadano, JAMES LEONARDO CARRERO PULIDO, titular de la cédula de Identidad Nº 18505861, edad 25 años, fecha de nacimiento 04/01/1984, nacido en Valencia Estado Carabobo, Profesión u oficio Estudiante Misión Rivas, Grado de instrucción, estudio todavía, dirección Triangulo de Guaicaipúro, Casa S/N, cerca de la peluquería inv. Carrero Pulido, Familia Carrero Pulido, calle principal. Padres MARÍA PULIDO (V) CARRERO JAMES (v) de la comisión del delito de, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto.....