este TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara SIN LUGAR la solicitud presentada por el Abg. Jesús Quilleli en su condición de Defensor Cuarto adscrito a la Unidad de Defensoria Publica del Estado Amazonas, mediante la cual interpone Recurso de Habeas Corpus, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, 39, 40, 41, y 42 de la Ley Orgánica de Amparos Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con el articulo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, a favor del ciudadano RODOLFO CHONA CRUZ, titular de identidad N° 19.550.092, ya que no sean violados derechos constitucionales alegados por la defensa.