Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este TRIBUNAL MIXTO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, EN FUNCIONES DE JUICIO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano JOSE JAVIER ABREU PERALTA, titular de la cedula de identidad Nº 16.144.540, de la presunta comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal y ROBO AGRAVADO previsto y sancionado 458 Código Penal en perjuicio de los ciudadanos MARÍA YÉPEZ Y ROLANDO GUANIPA.
SEGUNDO: Se ORDENA el cese de la medida de coerción impuesta.