Se Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, contra el imputado Antonio Edgar Da Silva, consistente en la presentación los días treinta (30) de cada mes, por ante la Fiscalía ubicada en Santa Elena de Guiaren, para lo cual se oficiará a la Fiscalía del Ministerio Público, por considerar que existe un hecho punible que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no esta prescrita. Fundados elementos de convicción para estimar que el imputado antes citado es autor del delito de: Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal