Por todo lo expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes términos: PRIMERO: Considera que lo procedente y ajustado a derecho es declarar CON LUGAR, la solicitud interpuesta por el ciudadano: MAGNO BARROS, quien es venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Número: V- 8.945.429; Abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 65.607, quien en su carácter de Apoderado Especial del ciudadano LAZARO DA SILVA MENDEZ, de nacionalidad Brasilera, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad N° CPF/MF N° 017338-9/SSP-AM y CPF/MF, (Catastro de Persona Física-Ministerio de Hacienda) N° 030.851.1982-53, residenciado en el Municipio San Gabriel de Cachoeira, según consta de Documento Poder consignado por ante este Tribunal, oto.....