DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el ciudadano Luís Alexander Lara Apoto, titular de la cédula de identidad N° V- 17.105.322, parte presuntamente agraviada en la presente causa, en contra de la sentencia de fecha 26 de octubre de 2011, dictada por el Tribunal de Juicio del Trabajo del Estado Amazonas.
SEGUNDO: Se confirma la sentencia up supra.
TERCERO: Se ordena notificar de la presente decisión al Tribunal de origen, y la remisión del presente expediente una vez vencidos los lapsos legales correspondientes, a los fines de la prosecución de la causa, dejando copia certificada de la presente decisión conforme lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.