PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente acción, de conformidad con lo dispuesto en la sentencia Nº 955 de fecha 23 de septiembre de 2010 emanada de la Sala Constitucional. Así se decide
SEGUNDO: Consumada la PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA, del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el Jesús Alejandro Jiménez Urraca, en contra de la Providencia Administrativa N° P.A.00035-2014 de fecha 15 de Septiembre de 2014 llevada en el Expediente 048-2014-01-00099, emitida por la Inspectoria del Trabajo del Estado Amazonas, suscrita por la Abogada Maritza González Salazar, en su condición de Inspectora Jefe del Trabajo de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, el cual se hizo asistir de los abogados Yosbelia Maranay Franchi de Olivo, Ángel Ricardo Olivo y Carlos R. Este Ávila, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 120.665 y 155,195 respectivamente, mediante la cual se declaró SIN LUGAR la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos, inc.....