DISPOSITIVA
Por todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, DECLARA INADMISIBLE, la Acción Autónoma de Amparo Constitucional intentada por la Abogada Kaly Barrios de Fernández, en contra del ciudadano Edulfo Bernal, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 7.124.000, en su carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Público del Estado Amazonas, de conformidad con lo previsto en el ordinal 5° del artículo 6 ° de la citada Ley de Amparo.
Notifíquese la presente decisión y remítase en su oportunidad legal a la Corte de Apelaciones de este Circuito judicial Penal la presente acción, ello con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 de la referida Ley Orgánica.