-III-
Por las razones antes expuestas, este Circuito de Protección de Niño, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos FREDDY ANTONIO FAJARDO HERNANDEZ Y GREIMARY ESPERANZA RAMIREZ ALVAREZ, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.644.167 y V-15.086.635 respectivamente, en consecuencia queda disuelto el vinculo conyugal que contrajeron en fecha veintisiete (27) de Diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996), por ante la prefectura del Municipio Autónomo Atures del Estado Amazonas, y anotado bajo el acta Nº 193 de los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese Despacho. Libre oficio. Expídanse las copias que las partes soliciten.
Se homologan los acuerdos celebrados por los solicitantes en favor de u.....