PRIMERO: La presente causa continuará por el procedimiento ordinario, establecido en el artículo 250, numerales 1° y 2° del Código Orgánico Procesal Penal, contra los imputados José Francisco Quiñones y Fernando Elias Briceño Cociles, por la comisión de los delitos de: LESIONES CULPOSAS GRAVISIMAS, previsto y sancionado en el artículo 422, ordinal 2° del Código Penal, con la agravante genérica contemplada en el artículo 217 de la Ley para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de los adolescentes: WENDY KATIUSKA ALVAREZ ESCOBAR, ELSA DAYANA TORRE GUTIERREZ, CRISTIAN JEOMAR GONZALEZ HURTADO Y CARMEN JULIA ALVAREZ, en relación a los hechos acaecidos el día 03 de Febrero del año en curso, cuando por la Av. Perimetral, frente a la Escuela Feliz Solano de esta ciudad, ocurrió un arrollamiento de peatón (adolescentes) y choque con objeto fijo (Cabina telefónica y pared), donde resultaron lesionados los menores WENDY KATIUSKA ALVAREZ ESCOBAR, ELSA DAYANA TORRE GUTIERREZ, CRIS.....