este Tribunal Primero Mixto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por el acusado LUIS BELTRÁN ROMERO, titular de la cédula de identidad N° V-15.521.346, en el sentido que se acuerde una medida cautelar sustitutiva, por lo que se sustituye la medida privativa de libertad decretada por el Tribunal Segundo de Control Circunscripcional en fecha 06 de Octubre de 2005, por las medidas cautelares sustitutivas establecidas en los numerales 3, 4, 9 y 8 del artículo 256 en relación con el artículo 258 todos del Código Orgánico Procesal Penal anteriormente indicadas.