este Tribunal Único en Función de Ejecución para el Sistema de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LAS SANCIONES QUE LE FUERON IMPUESTAS A LOS CIUDADANOS (identidad omitida) y (identidad omitida) Y EN CONSECUENCIA SE DECRETA LA CESACIÓN DE LAS MEDIDAS. En virtud de haber prescrito las Sanciones Penales, de conformidad con lo previsto en el Artículo 616, 645 y 647 literal "h" todos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Publíquese, regístrese, déjese copia autorizada del presente pronunciamiento, asiéntese en el Libro Diario, SEGUNDO: Notifíquese a todas las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal y envíesele copia de la presente igualmente a la Dirección de la Casa de formación Integral Amazonas de esta entidad regional, todo por expresa remisi.....