PRIMERO: Acuerda DECLARAR SIN LUGAR la solicitud de entrega de vehiculo presentada por el ciudadano JOSE GREGORIO VARGAS MADERO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 8.913.166, domiciliado en esta Ciudad de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, debidamente asistido por la abogada en ejercicio EDITA FRONTADO JIMENEZ, plenamente identificado en dicha solicitud, la entrega del vehiculo, que según el escrito presentado es de las siguientes características: Calase: Automóvil, Tipo: Seda, Color: Verde; Serial del Motor: 4AL649040, el cual me pertenece como consta de Certificado de Registro de Vehiculo N° 23623969. Como quedó dicho, por ser al Ministerio Público a quien compete realizar y dirigir las investigaciones en los asuntos penales que tengan conocimientos y por cuanto dicha causa se encuentra esta causa en etapa de Juicio Oral y Público, siendo que es a la Representación Fiscal, en primer término a quien también compete pronunciarse ante tal sol.....