DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes señalados este Tribunal Penal de Ejecución Sección de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, acuerda: La PRIVACIÓN DE LIBERTAD del joven CARLOS ALBERTO LOPEZ MANIGLIA, por un lapso de tiempo de dos (2) meses y doce (12) días, tiempo este que le resta para cumplir con el lapso de tres (3) meses impuesta por este Tribunal en fecha 27 de enero del presente año y como lugar de reclusión el reten policial de esta Ciudad, de conformidad con lo establecido en los artículos 629; 641; 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Libresense las respectivas boletas de traslado a los efectos de sus notificaciones.
El Juez Provisorio
Abog. Manuel Gómez Brito.
La Secretaria
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