Por todas estas razones, de conformidad con los artículos 501 del Código Orgánico Procesal Penal, 67 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, este Juzgado Único de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado amazonas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad le confiere la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se ACUERDA a favor del penado, JOSE AVELINO RINCON RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad 17.592.438, de nacionalidad colombiana, nació en Puerto Rondon, en fecha 17/02/1979, hijo de José Manuel Rincón (V) y Maria Socorro Rodríguez, residenciado en el barrio periférico sur, de esta ciudad de puerto Ayacucho, de esta ciudad, otorgarle la MEDIDA ALTERNATIVA AL CUMPLIMIENTO DE PENA DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, por encontrarse cumplidos los extremos legales exigidos en los artículos 501 del Código Orgánico Procesal Penal, 67 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario.
SEGUNDO: Visto como se desprende de.....