Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se pronuncia en los siguientes términos DECRETA: PRIMERO: Se ACUERDA declarar sin lugar la solicitud presentada por el ciudadano Abog. RAFAEL URBINA VIVAS, Defensor Privado, del ciudadano acusado RAMIRO JIMENEZ MORA, plenamente, identificado en la presente causa, en virtud que la medida de arresto domiciliario que pesa sobre el acusado de marras, ha sido cumplida cabalmente, tal y como fue impuesta, aunado a que no han variado las circunstancias por las cuales fue otorgada la misma. SEGUNDO: Notifíquese a las partes del presente auto. Cúmplase.