Notifíquese. A tal efecto, líbrense las correspondientes comunicaciones al Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sentencias Penales. Dirección de Rehabilitación y Custodia. Notifíquese al penado por intermedio del Director del Internado Judicial del estado Apure. Certifíquese por Secretaría copias del presente Auto y anéxense a los oficios respectivos Regístrese Publíquese y Cúmplase con las formalidades legales.