En razón de las consideraciones esgrimidas, este TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL ACTUANDO COMO TRIBUNAL UNIPERSONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, SE PRONUNCIA EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS DECRETA: PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano PEDRO ARVELO PADRÓN, titular de la cédula de identidad Nº V-21.107.941, conforme a lo establecido en el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, en concordancia con lo señalado en el artículo 83 del mismo Código, se decreta la libertad plena de dicho ciudadano, desde esta misma sala, cesando así las medidas de coerción personal que pesaban sobre su persona. SEGUNDO: CONDENA al acusado DORIAN JOSE GARCÍA HIDALGO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.723.981, mayor de edad, natural de S.....