Por dichos razonamientos y en base a lo establecido en la Ley Adjetiva Penal, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se pronuncia de la siguiente manera: Primero: Se Acuerda Homologar el presente Archivo Fiscal de las presentes actuaciones, siendo así, Se Ordena Librar Boleta de Libertad a nombre del ciudadano LEON CACERES RUBEN JOSE, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 14.298.446, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación u oficio albañil, residenciado en el barrio Cataniapo, casa s/n, Puerto Ayacucho, estado Amazonas; quien se encuentra detenido en el Retén Policial de esta Ciudad. Segundo: Se Acuerda Notificar a la Victima de la presente Decisión, tomada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, de esta Circunscripción Judicial, conforme lo contemplan los artícu.....