TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se decreta CON LUGAR la solicitud fiscal en cuanto a la calificación de APREHENSION EN FLAGRANCIA de la ciudadana JENNY DAMELIS LEAL PONARE, de nacionalidad venezolana, natural de la población de Valle de la Pascua, titular de la cédula de identidad Nº 15.822.898, estado Guarico, estado Amazonas, donde nació el día 02/01/1981, de 30 años de edad, estado civil soltera, ocupación residenciada actualmente en la Urb, La Bolivariana, sector el bajo, al lado de la Presidencia de la Junta de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, hija de la ciudadana Sabrina Ponare (V) y Reinaldo Leal (V), de conformidad con el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Se ACUERDA continuar el presente asunto por las reglas de.....