Este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal Función Control de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena dejar sin efecto la Orden de Aprehensión del ciudadano antes identificado y ordena librar oficio a los órganos auxiliares de la Justicia a fin de informarle de la decisión dictada por auto de esta misma fecha, infórmese de manera inmediata a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Líbrese lo conducente.