Ahora bien de la revisión efectuada en el sistema Juris 2000 en esta misma fecha se observó que en la referida causa se le acuso pro el delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, revisión que se efectuó siendo las 6:23PM de este mismo día, lo que motiva a dejar sin efecto lo acordado en el acta de esta misma fecha en la que se acordó oficiar al tribunal primero de control para que remitiera la causa a los fines de su acumulación, toda vez que si bien es cierto por ante ente despacho cursa la causa más antigua en contra del mismo imputado, no es menos cierto que por ante el tribunal primero de control cursa la causa por el delito más grave y que tiene asignada mayor pena, en consecuencia en aplicación de lo preceptuado en el artículo 70 numeral 4, 71 numeral 1 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena la remisión del p.....