... se declara PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por DESALOJO DE INMUEBLE, interpuesto por el Abogado JOSE RAFAEL VARON, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano LUIS MANUEL SAENZ SOSA, contra el ciudadano ARGELIO RAMON GUZMAN LEDEZMA, ambos identificados en autos.
SEGUNDO: Se ordena al demandado al desalojo del inmueble objeto de la presente demanda.
TERCERO: Conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costa a la parte perdidosa por haber resultado totalmente vencida.
Regístrese, Publíquese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho de este Juzgado de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas a los Veinticinco (25) días del mes de Octubre del año Dos Mil Once. (2.011) Años 201° y 152° de la independencia.
EL JUEZ,
ABOG. HECTOR A. CRISTOFINI S.
EL SECRETARIO.
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