DISPOSITIVA:
Dadas las circunstancias fácticas procesales para que se haga procedente el sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por la Fiscal Quinta y en razón de lo expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, con motivo de la denuncia formulada por la ciudadana Ana Teresa Fuentes de Silva, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 1.569.954, natural de Puerto Ayacucho- Estado Amazonas, por cuanto no existió la comisión de un hecho punible que motivó la apertura de la investigación, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra las Personas, todo ello con fundamento con lo previsto en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 323 ejusdem, el cual establece éste último mencionado en s.....