PRIMERO: COMPETENTE y ADMITE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto.
SEGUNDO: ORDENA notificar por oficio al ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, para que comparezca a la audiencia de juicio, considerándose consumada su notificación luego de transcurrir el lapso de quince (15) días hábiles de que conste en autos el acuse de recibo de la notificación, mas el termino de la distancia de siete (7) días continuos, audiencia que será fijada dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a que conste en autos la práctica de la última de las citaciones y notificaciones ordenadas, en cuyo acto las partes harán sus exposiciones orales, las cuales podrá consignar por escrito y promoverán los medios de pruebas que consideren conducentes, de conformidad con el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Remitiéndole anexo al oficio copias certificadas del libelo de demanda, la documentación pertinente a.....