VI
DECISIÓN
En virtud de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIDE: PRIMERO: Ser COMPETENTE para conocer y decidir la Acción de Amparo Constitucional interpuesta. SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional. TERCERO: Se ordena a la Oficina Regional del Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat, del estado Amazonas, otorgar respuesta a la ciudadana María Josefa Araujo de conformidad con lo peticionado en las distintas comunicaciones enviadas por la accionante. CUARTO: Se declara improcedente el alegato planteado por la parte accionante., referente a la violación del derecho a la vivienda consagrado en el artículo 82 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. QUINTO: Se ordena notificar a las partes de la .....