este Tribunal Primero de Ejecución de la sección de Adolescentes de este Circuito Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 646 y 647, literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, 482 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, pasa a ejecutar la sanción emanada de la sentencia definitivamente firme y dictar el computo de la sanción, bajo los siguientes términos:
1°) (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, natural de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, nacido el día 24-10-90, de 18 años de edad, de profesión estudiante de la Misión Rivas, teléfono N° (0416) 149-80-61, residenciado por el sector El Rayito, de cable video bajando, casa N° 56, color rosado de esta ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, hijo de Erminia Ramona Pantoja Cayetano (V) y .....