Por las razones expuestas y con fundamento en los criterios jurisprudenciales citados, se declara inadmisible la acción interdictal interpuesta en fecha 20 de junio de 2005 por la ciudadana SILVANA CAROLINA CAROLLO PEREZ, ya identificada, asistida por la abogada JUANA COLMENARES, en contra del ciudadano KASEN KABLAN y, en consecuencia, se niega la medida de secuestro solicitada por la querellante. Así se decide.