DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al imputado ABEL OSCAR CONDE CAYUPARE, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 3° y 4° último aparte del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana MARGARITA DE SAYAGO, por haber operado la PRESCIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 ordinal 4°del Código Penal, en concordancia con los artículos 48 ordinal 8°, 318 ordinal 3° y 323 del Código Orgánico Procesal Penal.