Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara con lugar la solicitud interpuesta por el Fiscal (E) Segundo del Ministerio Público Dr. Víctor González, y se decreta el Sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, y el cese de todas las medidas de coerción personal, cautelares impuestas, por haberse producido una causa extintiva de la acción penal, como lo es la señalada en el numeral 3° del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, referida al desistimiento o el abandono de la acusación privada en los delitos de instancia de parte agraviada, ya que la conducta desplegada por la parte interesada así lo refleja. Así se decide.
Regístrese, publíquese, déjese copia de la presente decisión, notifíquese pese a que fue decidido en el la.....