Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Vista la Acusación presentada por el Ministerio Público, este Tribunal en base al contenido del artículo 330 de la Norma Adjetiva Penal, hace una revisión del respectivo escrito de acusación y lo concatena con la exposición realizada por el Fiscal del Ministerio Público en esta audiencia y oída la solicitud de la defensa es por lo que NO ADMITE LA ACUSACIÓN FISCAL, el escrito de acusación presentado por el Ministerio Público, en el que acusa a los ciudadanos PEDRO ALEXANDER RIVAS OZORIO, Titular de la cédula de identidad N° 13.714.823, de nacionalidad Venezolana, nacido el 19-10-1975, en Puerto Ayacucho Estado Amazonas, estado civil soltero, residenciado en el barrio Monte Bello, el Mirador detrás de la cancha, casa S/N, sin frisar, de esta ciudad de l Puerto Ayacucho, hi.....