este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara la CONVERSION EN DIVORCIO de la SEPARACION DE CUERPOS aludida en los mismos términos y condiciones señalados, y en consecuencia disuelve el vínculo matrimonial que por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Autónomo Atures, Estado Amazonas, contrajeran en fecha 19 de Diciembre de 2007, los ciudadanos JOSE ALBERTO MARTINEZ VANEGAS y ZINA GRISEL RAMIREZ RATTIA, ambos plenamente identificados, tal como consta en el Acta de Matrimonio Nro. 174.-
Liquídense los bienes de la sociedad conyugal si los hubiere.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en Puerto Ayacucho, a los Veintiocho (28) días del mes de Junio del año Dos Mil Once (2011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
EL JUEZ PRO.....