Este TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: En aplicación del procedimiento especial de admisión de los hechos previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano: MARCOS ANTONIO PERALES PUERTA, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.303.224 de nacionalidad venezolana, natural de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, estado civil casado, profesión u oficio albañil, residenciado actualmente en el barrio Guaicaipuro I, al lado del asadero Diamante negro de esta ciudad, hijo de José Antonio Perales (v) y Maria Teodora Puerta (v), a quien la Fiscalía cuarta del Ministerio Publico, a cumplir la pena de tres (03) años y seis (06) meses de prisión, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453.3.4.6 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana.....