PARCIALMENTE CON LUGAR, la apelación interpuesta por los abogados HERNAN TOMAS ZAMORA VERA y MARIA CARLOTA PACHECO DE ZAMORA, en sus caracteres de apoderados judiciales de la actora ciudadana EDDY JOSEFINA ARELLANO GAMEZ. Se declara la nulidad absoluta de la decisión del A-quo, que decretó la prescripción de la reclamación de utilidades formulada por la actora. Se confirma el fallo dictado por el Tribunal de Primera Instancia, con las modificaciones expuestas en esta sentencia.