Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano HECTOR JOSE PRIETO CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 13.558.040. ASÍ SE DECIDE
SEGUNDO: Se condena a la accionada a pagar a la parte demandante, la cantidad de OCHO MIL CUARENTA Y TRES BOLIVARES CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 8.043,94). ASÍ SE DECIDE
TERCERO: Se ordena el pago de los intereses moratorios sobre el monto condenado a pagar, los cuales deberán ser cuantificados a través de una experticia complementaria del fallo según el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente ordena este Tribunal la corrección monetaria de las cantidades condenadas, conforme a.....