Por el razonamiento anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley NIEGA la Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena, al penado JOLMAN OSWALDO RODRÍGUEZ ROSAS, colombiano, titular de la cédula de Ciudadanía N°111722328, natural de Agua Azul, Departamento de Casanare, República de Colombia, nacido el 07 de Noviembre de 1986, de 23 años de edad, buhonero, soltero, hijo de Jorge Rodríguez (v) y de Aura Lisia Rodríguez Rosas (v), residenciado en Casuarito, calle Principal, casa sin número al lado de la sede del CAI, casuarito, Colombia.
Se ordena solicitar a los demás tribunales de primera instancia penal ordinario, a los fines de que informen a este Juzgado, si el penado de autos, ha cometido algún delito durante el cumplimiento de la pena, igualmente, la consignación por parte del penado .....