...A razón de lo anteriormente señalado, quien juzga, hace necesario del remedio procesal a través de la anulación de las actas que se insertan a los folios 28, 29, 30 y 31, referidas al pago voluntario de las misma, motivado a que este procedimiento no corresponde a la forma en que lo solicitó el demandante Rómulo Fernández, y lo acordó el Tribunal, en consecuencia ordena de conformidad con lo establecido en el articulo 206 del Código de Procedimiento Civil, anular las referidas actuaciones, motivado a que el procedimiento a seguir era el estipulado en tal pretensión debe ser objeto de formal demanda de intimación por vía principal, en los términos preceptuados por en el articulo 22 a la Ley de Abogados, en concordancia con el articulo 607 del Código de Procedimiento Civil, según sea el caso, y cumpliendo con las formalidades exigidas por el artículo 340 ejusdem. Así se decide.
La Jueza Temp,
Abog. DARLY PATRICIA GUERRA VARGAS La Secretaria,
Abog. CELY ME.....