Con base a los fundamentos anteriormente señalados, este TRIBUNAL ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EL CESE DE LA MEDIDA DE SEGURIDAD, impuesta a la ciudadana DENNY KARINA YANAVE MICULICHE, titular de la cédula de identidad N° 17.171.103, por haber sobrepasado el lapso de SEIS (06) MESES, para su ejecución o cumplimiento, de conformidad con el artículo 514 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, se decreta la LIBERTAD PLENA, de conformidad con el ordinal 1º artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Notifíquese a las parte del presente auto. Líbrense los correspondientes oficios.