éste Tribunal Primero de Control de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda PRIMERO: Decretar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la causa seguida contra: RESERVADA, a quien se le seguía averiguación penal por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, en agravio de: RESERVADA; por encontrarnos en presencia de la prescripción de la acción penal contemplada en el artículo 318 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que el hecho no puede atribuírsele al imputado porque fue ejecutada por una persona adulta, tal aseveración se desprende de la propia declaración de la víctima, en la audiencia de presentación celebrada el día 09-02-07. SEGUNDO: Notifíque.....