Se admitieron las siguientes pruebas: 1. A- El libelo de la demanda donde la demandante afirma ser la propietaria del inmueble objeto del juicio, para demostrar que éste fue vendido sin haberla notificado, violando el derecho de preferencia que le concede la Ley, B-documento de compra venta de fecha 12-12-05, para demostrar que el antiguo propietario fue el Sr. Rumeno Armas Salazar, les había dado, en un principio, el inmueble en arrendamiento y luego se lo cedió para ser cuidado y C- Factura que cursa en el expediente marcada "A" para demostrar que al Sr. Rumano se le cancela un canon de arrendamiento. Se rechazaron por impertinentes las siguientes: 2. b) Factura marcada "B" de fecha 2001, donde se evidencia la compra de cables de electricidad, bombillos, tuberías de aguas negras y aguas blancas y sanitario de baño y c) Recibo por la cantidad de un millón quinientos mil bolívares (Bs. 1.500.000,00), donde se evidencia el pago por concepto de cancelación de mano de obra por instalación.....