En razón a las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia, Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA el Archivo Definitivo de la presente causa, con ocasión a la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, de fecha 29 de Enero de 2009, fundamentada en fecha 16 de Febrero de 2009, mediante la cual ABSUELVE al encausado JOSE ADERCI ORTIZ, venezolano, natural de Puerto Páez-Estado Apure, donde nació el día 11/04/1974, de 34 años de edad, de profesión u oficio Motorista , titular de la Cédula de Identidad N V- 13.325.736, residenciado en el Barrio Upata, calle ciega s/n, color ladrillo, Puerto Ayacucho-Estado Amazonas, al haber establecido dicho Tribunal, que no quedó plenamente demostrado en el debate oral y público la responsabilidad penal del ciudadano antes mencionad.....