PRIMERO: De la revisión de las presentes actuaciones se puede observar que al acusado JESUS PEREZ, se le dicto MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA en fecha 13FEB07, por el Tribunal Primero de Control, por encontrarse incurso en la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 17 la Ley sobre Violencia contra la Mujer y la Familia y articulo 218 numeral 3 del Código Penal respectivamente, a lo cual emitió el siguiente pronunciamiento: "...SEGUNDO: Se decretan las Medidas Cautelares las cuales consisten en la presentación periódica los días Miércoles de cada semana ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal en un horario comprendido entre las 8:30 de la mañana y las 3:30 de la tarde y la Prohibición de acercarse a la victima..."
SEGUNDO: En fecha 26-02-2007, fue recibido el presente asunto procedente del Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal.-
TERCERO: En fecha 30-04-2.007, se real.....