Por dichos razonamientos y en base a lo establecido en la Ley Adjetiva Penal, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se pronuncia de la siguiente manera: Primero: Se acuerda lo solicitado por la Defensa Pública Penal, Abog. Azalia Lugo, que el día Viernes 31 de Octubre de 2008, a las 7:00 horas de la mañana, sea trasladado con las seguridades del caso, el ciudadano MIGUEL ALGEL GELVES CELIS, hasta la sede del Servicio de Cirugía del Centro de Diagnóstico Integral, ( CDI), a los fines que le sea realizada una evaluación por el Médico Cirujano de ese Centro Dispensador de Salud, Segundo: Se acuerda oficiar al Director del Centro de Diagnóstico Integral (CDI) y al Médico Cirujano de ese Centro de salud, para que una vez realizada dicha evaluación, se le remita con carácter de Urgencia a este Tribunal, el Informe qu.....