esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ADMITE el presente Recurso de Apelación ejercido por el abogado OSCAR JIMÉNEZ BRANDY, Defensor Público Segundo y defensor del ciudadano CARLOS MARIO FRANCO, en contra de la decisión proferida en fecha 06AGO2009 y fundamentada en fecha 07AGO2009, por el Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al ciudadano CARLOS MARIO FRANCO, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de CONTRABANDO como COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 2 de la Ley de Contrabando, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal. Así mismo como consecuencia de la admisión del presente recurso este Tribunal Superior en cumplimiento con lo establecido en el primer aparte del artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, fija para el día MIERCOLES 11 DE NOVIEMBRE DEL .....